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“Ante situaciones sanitarias como la actual pandemia, es menester instrumentar recursos normativos que permitan la utilización de recursos terapéuticos con principios activos aún en vías de registro” dice el proyecto (Ceprocor)

A más de seis meses de declarada la emergencia sanitaria en la Argentina, y con más de 300 pacientes tratados en Córdoba, Buenos Aires, Jujuy, Santa Fe, La Rioja, Salta y Tucumán un diputado de la UCR presentó un proyecto para que se autorice en todo el país el uso compasivo del ibuprofeno inhalatorio en pacientes con cuadros moderados y graves de COVID-19.

Amparado en el inciso 37 de la Declaración de Helsinki y bajo estricto cumplimiento de la Resolución 908-2020 del Ministerio de Salud, el diputado Gonzalo del Cerro llevó hoy la propuesta al Congreso de la Nación, con el número de expediente 4969-D-2020, que ingresó a las 10:27 de esta mañana, según supo Infobae de manera exclusiva. El texto de la iniciativa pide “autorizar la utilización del producto en investigación LUARPROFENO / IBUPROFENO SÓDICO HIPERTÓNICO NEBULIZABLE como tratamiento de emergencia sanitaria para la recuperación de pacientes diagnosticados COVID-19 positivos, bajo los términos metodológicos de ‘uso compasivo’”.

“Esperemos que el proyecto avance rápidamente a la Comisión de Salud para que pueda ser tratado a la brevedad”, dijo a este medio el legislador, haciéndose eco de la citada resolución de la cartera sanitaria -con fecha del 5 de mayo- en la que se establece “la aprobación de pautas éticas y operativas para la evaluación ética acelerada de investigaciones relacionadas con el COVID-19”. “Ante la pandemia de COVID-19 la primera obligación es responder a las necesidades de atención de salud de las personas y comunidades afectadas. Al mismo tiempo, resulta un deber realizar investigaciones que generen evidencia para mantener, promover y mejorar la atención de la salud, la toma de decisiones y la definición de políticas en salud para el tratamiento y mitigación de la pandemia”, asegura el texto que lleva la firma del ministro Ginés González García.

“Ante situaciones sanitarias emergentes como la actual pandemia, es menester instrumentar recursos normativos diligentes que permitan la utilización de recursos terapéuticos con principios activos aún en vías de registro ante la autoridad sanitaria (Anmat), sea por tratarse de nuevos principios activos (como es la utilización de plasma de pacientes recuperados de COVID-19 cuya donación fue regulada oportunamente por la Ley 27554) o de principios activos registrados (sustancias químicas con propiedades específicas, utilizadas en farmacología para la elaboración de medicamentos) y de demostrada seguridad, pero con nuevas presentaciones, nuevas vías de administración, nuevas posologías mayores a las autorizadas o bien nuevas indicaciones que las autorizadas por el ente regulatorio nacional”, reza el proyecto de Del Cerro entre sus fundamentos.

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