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Multan a la AFA por omitir normas de seguridad en el último Argentina-Chile en River

14 de febrero de 2018 15:17

La Justicia porteña impuso una multa de 30 mil pesos a la Asociación del Fútbol Argentino por haber excedido la capacidad del público visitante en el estadio Monumental durante el partido de Eliminatorias para el Mundial que jugaron Argentina y Chile en marzo de 2017.

La jueza María Araceli Martínez, titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas n.º 29 de la Ciudad de Buenos Aires, resolvió -en juicio abreviado- condenar a la Asociación de Fútbol Argentino a la pena de 30 mil pesos de efectivo cumplimiento, con costas. La magistrada aplicó la mayor sanción posible según el Código.

Según la sentencia condenatoria, la entidad deportiva omitió durante el encuentro futbolístico celebrado entre la Selección argentina y la Selección chilena el 23 de marzo de 2017 en el estadio Antonio Vespucio Liberti, los recaudos de seguridad exigidos por el Reglamento de Prevención contra la Violencia en Espectáculos Futbolísticos, la Ley de Espectáculos Deportivos n° 23.184 y el Protocolo de Actuación Policial en Espectáculos Futbolísticos.

Ello por permitir el ingreso al interior del Estadio mencionado de 4900 simpatizantes de la Selección chilena, excediendo así la cantidad permitida de público visitante fijada en 3500 localidades.

Además, por no tomar los recaudos suficientes de seguridad y destinar el espacio para el público visitante que se permitió ingresar, “habiéndose colmado el sector destinado para la parcialidad visitante en la platea Centenario, debiendo entonces el personal de seguridad, para evitar inconvenientes, reubicar a estas personas en dos bandejas de la tribuna denominada Centenario Alta”, según indicó el sitio judicial.

Por otra parte se omitió instalar molinetes para controlar el acceso de personas con tickets originales y “descartar apócrifos mediante un sistema tecnológico confiable”

El Código Contravencional porteño establece que “quien omite los recaudos de organización o seguridad exigidos por la legislación vigente o por la autoridad competente respecto de un espectáculo masivo, de carácter artístico o deportivo, es sancionado/a con multa de dos mil quinientos ($ 2.500) a treinta mil ($ 30.000) pesos o arresto de cinco (5) a treinta (30) días”.

En este caso, la magistrada aplicó la mayor sanción posible según el mencionado Código Contravencional.

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