Del mismo modo la AFIP puede disponer las exclusiones que en general siempre son similares y aplicar el SIPER (sistema de percepción de riesgo) que a la par que mide la conducta del contribuyente condiciona la tasa de interés de financiación aplicable.
De acuerdo a la información oficial todo hace inferir que se trata de una nueva reformulación al régimen especial de facilidades implementado por vía de la Resolución General 4.477 y sus modificaciones.
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