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Pablo Montero, será investigado, por alterar el Himno Nacional ..-

Durante la ceremonia previa al partido entre Santos y Cruz Azul, realizado el 27 de mayo de 2021, el cantante Pablo Montero entonó el himno nacional mexicano. No obstante, durante su actuación modificó un fragmento de la letra, hecho que le valió críticas entre espectadores y personajes reconocidos. Un día después, por medio de un comunicado, la Secretaría de Gobernación (SEGOB) informó que llevará a cabo las acciones correspondientes para determinar la responsabilidad de las personas involucradas en el evento.

“De acuerdo con las atribuciones que la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales (LEBHN) otorga a la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General de Cultura Democrática y Fomento Cívico, realizará las acciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones de dicha ley y de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, para determinar la responsabilidad de las personas involucradas”, se lee en el documento.

Vestido con un traje de charro de color blanco, Montero se presentó en la cancha. Con la mano derecha se despojó de su sombrero y con la otra sostuvo el micrófono. Ante el silencio de los asistentes comenzó con su interpretación del Himno Nacional a capela. No obstante, cometió un error evidente cuando comenzó a entonar la primera estrofa.

Pablo Montero podría ser multado por haber modificado una estrofa del Himno Nacional el pasado 27 de mayo (Foto: Captura de pantalla)
Pablo Montero podría ser multado por haber modificado una estrofa del Himno Nacional el pasado 27 de mayo (Foto: Captura de pantalla)
“Ciña ¡Oh Patria! tus sienes de oliva, De la paz el arcángel divino, Que en el dedo tu eterno destino nos convoca a lidiar con valor”, dijo el cantante en lugar de entonar la letra correcta que dice “Ciña ¡Oh Patria! tus sienes de oliva, De la paz el arcángel divino, Que en el cielo tu eterno destino, por el dedo de Dios se escribió”.
De acuerdo con la LEBHN, en su artículo 38, “El canto, ejecución, reproducción y circulación del Himno Nacional, se apegarán a la letra y música de la versión establecida en la presente Ley. La interpretación del Himno se hará siempre de manera respetuosa y en un ámbito que permita observar la debida solemnidad”.

Además, “Queda estrictamente prohibido alterar la letra o música del Himno Nacional y ejecutarlo total o parcialmente con composiciones o arreglos. Asimismo, se prohíbe cantar o ejecutar el Himno Nacional con fines de lucro”, establece el artículo 39 de dicho código.

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